Bruselas plantea una moratoria parcial del AI Act: qué cambia y cómo afecta a España
La Comisión Europea analiza este 08-11-2025 introducir un aplazamiento selectivo de obligaciones del Reglamento de Inteligencia Artificial, con un año de margen para modelos ya en el mercado y sanciones diferidas.
La Comisión Europea confirmó hoy que mantiene en estudio un paquete de ajustes al AI Act para facilitar su despliegue, en respuesta a las presiones de la industria y de varios Estados miembros. La propuesta que se perfila introduciría un periodo de gracia de hasta un año para ciertos requisitos en sistemas de alto riesgo y modelos generativos ya comercializados, además de diferir la aplicación de multas por incumplimientos de transparencia hasta 2027. Aunque no hay decisión final, el Ejecutivo comunitario trabaja con el horizonte del 19 de noviembre para perfilar el texto.
El AI Act, en vigor desde agosto de 2024, escalona sus obligaciones entre 2025 y 2027. Los cambios que baraja Bruselas no alteran el marco general, pero sí la velocidad y la secuencia: se busca evitar disrupciones regulatorias en sectores como salud digital, banca, movilidad y administración pública, donde los sistemas de IA de alto riesgo requieren documentación técnica, gestión de datos y supervisión humana estricta. Para las empresas españolas, desde grandes cotizadas del IBEX hasta pymes de software, la moratoria reduciría costes inmediatos de adecuación y daría aire para reforzar auditorías algorítmicas y trazabilidad.
El giro llega tras semanas de contactos técnicos y políticos con el ecosistema europeo y con Estados Unidos. Fabricantes y operadores han alertado de la complejidad de las obligaciones para modelos de propósito general, mientras que reguladores nacionales —incluida la futura autoridad española de supervisión de la IA— han pedido claridad para no frenar la adopción segura. Bruselas insiste en que el objetivo no es “rebajar” la protección, sino secuenciar mejor la entrada en vigor para garantizar cumplimiento efectivo.
Impacto en España: plazos, sectores y cumplimiento
En el terreno práctico, el aplazamiento selectivo afectaría a compañías con modelos generativos ya desplegados (asistentes, copilotos y plataformas de contenido), a bancos que usan scoring automatizado y a hospitales que pilotan diagnósticos asistidos por IA. Un año extra permitiría completar inventarios de sistemas, cerrar «gaps» de gobernanza de datos, validar métricas de sesgo y robustez, y consolidar esquemas de monitorización posdespliegue. Las sanciones por transparencia que se pospondrían reducirían riesgos financieros inmediatos, pero no eximirían de preparar registros, explicabilidad y canales de reclamación.
Para las administraciones públicas, el calendario revisado daría margen para adaptar pliegos de contratación y cláusulas de conformidad con el AI Act en plataformas de licitación, alinear guías con la AEPD y coordinarse con AESIA en criterios de supervisión. Las universidades y centros tecnológicos españoles ganarían tiempo para certificar bancos de pruebas («sandboxes») y metodologías de evaluación de conformidad.
- Entrada en vigor: el AI Act rige desde 2024; sus obligaciones principales se activan de forma escalonada hasta 2027.
- Propuesta en estudio hoy: moratoria de hasta 12 meses para modelos ya comercializados y retraso de multas de transparencia hasta 2027.
- Sectores más expuestos en España: sanitario, financiero, automoción, retail y administración pública.
- Efecto inmediato: alivio de costes de cumplimiento y más tiempo para auditorías, gestión de riesgos y documentación técnica.
- Próxima fecha clave: publicación del paquete de ajustes prevista para el 19 de noviembre, pendiente de pactar con Parlamento y Estados.
«Cuando se trata de un posible retraso en la implementación de partes específicas del AI Act, la reflexión sigue en curso. La Comisión seguirá plenamente comprometida con los objetivos de la norma», afirmó un portavoz comunitario en Bruselas.
El eventual «calendario flexible» no supone carta blanca. Las obligaciones para usos prohibidos —como la manipulación cognitivo-conductual dañina o el reconocimiento biométrico en tiempo real fuera de supuestos permitidos— seguirían vedadas. Además, los proveedores deberán avanzar en evaluaciones de riesgo, gestión del ciclo de vida y trazabilidad de datos. Las compañías con actividad en España tendrán que documentar datasets, describir controles de sesgo y robustez, y asegurar supervisión humana significativa en decisiones que afecten a derechos.
En términos de competencia, las patronales españolas ven con buenos ojos un aterrizaje gradual que evite desventajas frente a Estados Unidos o Reino Unido. No obstante, expertos legales advierten de que un aplazamiento sin guía clara podría generar incertidumbre temporal: diferir sanciones y exigir «mejores esfuerzos» en paralelo multiplicaría consultas y «soft law». Para mitigar ese riesgo, la Comisión prevé notas interpretativas y plantillas comunes de documentación que armonicen prácticas entre Estados.
De confirmarse, el paquete de noviembre marcará el tono de la “fase 2” del AI Act: menos fricción de entrada, pero más exigencia de gobernanza y rendición de cuentas a medio plazo. Para el tejido productivo español, el mensaje es doble: aprovechar la ventana para escalar pilotos con controles reforzados y preparar auditorías de 2026–2027, cuando el régimen sancionador y los requisitos plenos volverán al carril previsto.
Contexto y fuentes: comunicaciones y portavocía de la Comisión Europea; informaciones de agencias internacionales sobre la revisión del AI Act y periodos de gracia; reportes de prensa europea sobre el calendario de publicación y alcance de los ajustes.